La Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, es la norma básica del régimen jurídico aplicable a los extranjeros en territorio español. Estructurada en un Título Preliminar y cuatro Títulos, regula los derechos y libertades en condiciones de igualdad, el régimen jurídico (entrada/salida, situaciones administrativas, residencia y trabajo), las infracciones en materia de extranjería y el régimen sancionador (con figuras como expulsión, devolución y retorno), y la coordinación de los poderes públicos en materia migratoria.
Publicación BOE
BOE núm. 10, de 12/01/2000
Fecha
11 de enero de 2000
Artículos
72 artículos
Última reforma
14 de abril de 2026
El Real Decreto 1155/2024, de 19 de noviembre, aprobó el nuevo Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000 (vigente desde el 20 de mayo de 2025), derogando el anterior RD 557/2011. Principales novedades: simplificación del arraigo (de 3 a 2 años de permanencia), visado de búsqueda de empleo de 1 año (antes 3 meses), nuevas situaciones de arraigo y transposición de la Directiva (UE) 2024/1233 sobre permiso único. Posteriormente, el RD 316/2026, de 14 de abril, modificó el RD 1155/2024 incorporando medidas de regularización extraordinaria. La LO 2/2009 fue la última gran reforma estructural de la LO. Nuestro test refleja la versión consolidada vigente.
Por qué importa esta ley en oposiciones
Es materia obligatoria del temario común en oposiciones a Cuerpos de Seguridad: Policía Nacional (Tema 10), Guardia Civil (Tema 12), Policía Local. También aparece en oposiciones a la AGE y autonómicas con bloque jurídico-administrativo. Su Título II (régimen jurídico) y Título III (régimen sancionador) son los bloques con más peso examinador: residencia temporal vs larga duración, autorización de trabajo, expulsión vs devolución vs retorno, infracciones leves/graves/muy graves. El nuevo Reglamento (RD 1155/2024) introdujo novedades importantes vigentes desde mayo de 2025 que son materia de actualidad OBLIGATORIA. Materia que requiere combinarse con la LO 2/1986 (FCS), la LO 4/2015 (Seguridad Ciudadana) y la Directiva (UE) 2024/1233.
Materia obligatoria del temario común en oposiciones a Policía Nacional (Tema 10), Guardia Civil (Tema 12), Policía Local y AGE. Pregunta recurrente sobre derechos y libertades, situaciones administrativas (estancia, residencia temporal, larga duración), autorización de trabajo, expulsión vs devolución, infracciones y régimen sancionador.
Oposiciones en las que aparece la LO 4/2000 Extranjería
Convocatorias verificadas donde la LO 4/2000 Extranjería forma parte del temario oficial.
Policía Nacional (Escala Básica)
Núcleo
Posición: Tema 10 — Extranjería
Tema completo del programa oficial. Materia central por la competencia exclusiva del CNP en extranjería (art. 12.1.A LO 2/1986). Atención preferente al Título II (régimen jurídico) y Título III (sancionador).
Guardia Civil
Núcleo
Posición: Tema 12 — Extranjería e Inmigración
Forma parte del temario oficial. Especial peso en aspectos de control fronterizo y devoluciones.
Policía Local (Madrid, Barcelona y resto)
Común
Posición: Bloque común — Derecho Administrativo Sectorial
Auxiliar Administrativo del Estado (AGE C2) y Administrativo (C1)
Común
Posición: Bloque jurídico-administrativo común
Cuerpos Superiores de la AGE (TAC, A1) y Cuerpo de Gestión (A2)
Común
Posición: Derecho Administrativo Sectorial
Cuerpo de Inspectores y Subinspectores de Trabajo y Seguridad Social
Núcleo
Posición: Bloque sectorial — extranjería laboral
Especial peso de la Sección laboral y de la transposición de la Directiva 2024/1233 sobre permiso único.
Cuerpos autonómicos y locales A1/A2/C1
Común
Posición: Bloque jurídico-administrativo común
Artículos más preguntados de la LO 4/2000 Extranjería
Los artículos que más caen en exámenes oficiales de oposición. Estúdialos a fondo.
Arts. 1-2 quáter
Disposiciones generales: delimitación del ámbito
alta
Concepto de extranjero, derechos de la UE, ciudadanos del EEE y Suiza. Pregunta clásica de inicio.
Arts. 3-9
Derechos y libertades — derechos básicos
alta
Derecho a la documentación (DNI o pasaporte), libertad de circulación, libertad de asociación, sindicación, manifestación y reunión, educación, trabajo, asistencia sanitaria, vivienda. Bloque obligatorio del Título I.
Arts. 16-19
Reagrupación familiar
alta
Derecho a reagrupar a determinados familiares (cónyuge, hijos menores o con discapacidad, ascendientes en supuestos especiales). Requisitos: residencia legal en España, vivienda adecuada, medios económicos suficientes, seguro médico.
Tutela judicial efectiva, asistencia jurídica gratuita, asistencia letrada en denegación de entrada, devolución, expulsión. Derecho a intérprete. Pregunta SEGURA.
Arts. 25-28
Entrada y salida del territorio
alta
Requisitos de entrada (documento identidad/pasaporte, visado, motivo del viaje, medios económicos), prohibiciones de entrada, denegación de entrada (motivada y con recursos).
Arts. 29-32
Situaciones administrativas
alta
ESTANCIA (hasta 90 días, art. 30), RESIDENCIA TEMPORAL (>90 días e <5 años, incluye arraigo, art. 31), RESIDENCIA DE LARGA DURACIÓN (indefinida tras 5 años, art. 32). PREGUNTA SEGURA.
Arts. 36-43
Autorización para residir y trabajar
alta
Régimen general de autorización para trabajar por cuenta propia o ajena. Excepciones del art. 41. Régimen especial (estudiantes, investigadores). Régimen del trabajador transfronterizo.
Arts. 51-56
Infracciones leves, graves, muy graves
alta
Listado de infracciones: leves (art. 52: encontrarse en situación de estancia irregular leve), graves (art. 53: trabajar sin autorización, conducción de extranjeros sin documentación), muy graves (art. 54: discriminación, contratación irregular, tráfico ilegal). Pregunta de listado SEGURA.
Art. 55
Sanciones (cuantías clave)
alta
Leves: hasta 500 €. Graves: 501-10.000 €. Muy graves: 10.001-100.000 €. Pregunta SEGURA.
Arts. 57-58
Expulsión, devolución y retorno (PREGUNTA SEGURA — TRAMPA TÍPICA)
alta
EXPULSIÓN (art. 57): tras procedimiento sancionador, conlleva prohibición de entrada 5-10 años. DEVOLUCIÓN (art. 58.3): sin procedimiento, en intentos de entrada ilegal o vulneración de prohibición. RETORNO: en frontera cuando se deniega la entrada. Distinción clásica.
Art. 60
Internamiento de extranjeros
alta
El internamiento debe ser solicitado por la autoridad gubernativa, autorizado por el Juez de Instrucción y por un plazo MÁXIMO DE 60 DÍAS. Garantías: hábeas corpus, asistencia letrada, comunicación con familia, MF. Pregunta de detalle.
Arts. 67-72
Coordinación de los poderes públicos (Título IV)
media
Foro para la Integración Social de los Inmigrantes, Conferencia Sectorial de Inmigración, Comisión Interministerial de Extranjería. Bloque institucional.
Cómo aprobar el test de LO 4/2000 Extranjería
Guía práctica para opositores, basada en cómo se examina esta ley en convocatorias reales.
1
Domina el Título II (régimen jurídico)
Es uno de los bloques más preguntados. Memoriza las situaciones administrativas: ESTANCIA (hasta 90 días), RESIDENCIA TEMPORAL (>90 días e <5 años, incluye arraigo), RESIDENCIA DE LARGA DURACIÓN (indefinida, tras 5 años de residencia legal continuada). Crea fichas con los requisitos de cada figura.
2
Trampa típica: expulsión vs devolución vs retorno
Pregunta SEGURA. EXPULSIÓN (art. 57): tras procedimiento sancionador por infracción grave/muy grave, prohibición entrada 5-10 años. DEVOLUCIÓN (art. 58.3): SIN procedimiento, en intentos de entrada ilegal o vulneración de prohibición. RETORNO: en frontera cuando se deniega la entrada. Crea una tabla con las tres figuras.
3
Cifras estrella — pregunta segura
Las cifras que SIEMPRE caen: 90 DÍAS estancia (art. 30), 5 AÑOS residencia para larga duración (art. 32), 60 DÍAS plazo máximo de internamiento (art. 60), prohibición de entrada 5-10 AÑOS tras expulsión (art. 58.1), cuantías de sanciones 500€/501-10.000€/10.001-100.000€ (art. 55). Memoriza todas estas cifras.
4
Reformas del Reglamento RD 1155/2024
Materia de actualidad OBLIGATORIA en convocatorias modernas. Estudia: simplificación del arraigo (3 → 2 años de permanencia), homogeneización de figuras de arraigo, visado de búsqueda de empleo extendido a 1 año (antes 3 meses), nuevas situaciones de arraigo, transposición de la Directiva 2024/1233 sobre permiso único. Posterior modificación por RD 316/2026 (regularización extraordinaria).
5
Listado de infracciones (Título III)
Aprende qué conductas son LEVES (art. 52, multas hasta 500 €), GRAVES (art. 53, 501-10.000 €) y MUY GRAVES (art. 54, 10.001-100.000 €). Trampa habitual: la conducta de trabajar sin autorización es GRAVE para el extranjero pero MUY GRAVE para el empresario que lo contrata. Crea fichas por cada categoría.
6
Internamiento (art. 60)
Plazo MÁXIMO de 60 DÍAS de internamiento en CIE (Centro de Internamiento de Extranjeros), autorizado por Juez de Instrucción a solicitud de la autoridad gubernativa. Garantías: hábeas corpus, asistencia letrada, intérprete, comunicación con familia y consulado. Pregunta de detalle clásica.
7
Combina con LO 2/1986 (FCS) y LO 4/2015 (SC)
La extranjería se conecta directamente con: LO 2/1986 (art. 12.1.A: competencia exclusiva del CNP en régimen de extranjería) y LO 4/2015 (identificación de personas). Para opositores PN/GC, estudia las tres como un sistema coherente.
8
Practica con tests de penalización 1/3
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Vista previa: 5 preguntas reales del test de LO 4/2000 Extranjería
Ejemplos de preguntas con explicación y referencia al artículo exacto.
Pregunta 1Art. 1 LOExFácil
A los efectos de aplicación de la Ley Orgánica 4/2000, ¿quiénes se consideran extranjeros?
A)Quienes ostenten doble nacionalidad española y de otro Estado.
B)Quienes carezcan de la nacionalidad española.
C)Quienes residan fuera del territorio de la Unión Europea.
D)Quienes no estén empadronados en un municipio español.
Explicación:El artículo 1.1 LOEx dispone literalmente que se consideran extranjeros, a los efectos de la aplicación de la Ley, a los que carezcan de la nacionalidad española.
Pregunta 2Art. 1 LOExMedia
Conforme al artículo 1 LOEx, los nacionales de Estados miembros de la Unión Europea y aquellos a quienes sea de aplicación el régimen comunitario:
A)Quedan totalmente excluidos de la aplicación de la Ley Orgánica 4/2000.
B)Se rigen por las normas comunitarias, aplicándoseles la LOEx en lo más favorable.
C)Se rigen por la LOEx con preferencia sobre las normas comunitarias.
D)Quedan sujetos solo al Título I de la LOEx.
Explicación:El artículo 1.3 LOEx establece que se rigen por las normas que regulan el régimen comunitario, siéndoles de aplicación la LOEx en aquellos aspectos que pudieran ser más favorables.
Pregunta 3Art. 2 LOExMedia
Señale qué colectivo NO queda excluido del ámbito de aplicación de la LOEx según el artículo 2:
A)Los agentes diplomáticos acreditados en España.
B)Los funcionarios consulares acreditados en España.
C)Los trabajadores de temporada con visado en vigor.
D)Los representantes ante Organismos intergubernamentales con sede en España.
Explicación:El artículo 2 LOEx excluye a agentes diplomáticos, funcionarios consulares y representantes ante Organismos intergubernamentales, pero no a los trabajadores de temporada, que quedan plenamente sujetos a la Ley.
Pregunta 4Art. 2 bis LOExFácil
Según el artículo 2 bis LOEx, ¿a quién corresponde la definición, planificación, regulación y desarrollo de la política de inmigración?
A)Al Gobierno, conforme al artículo 149.1.2.ª de la Constitución.
B)En exclusiva a las Comunidades Autónomas.
C)A las Entidades Locales por razón del padrón.
D)A la Conferencia Sectorial de Inmigración.
Explicación:El artículo 2 bis.1 LOEx atribuye al Gobierno, de conformidad con el artículo 149.1.2.ª CE, la definición, planificación, regulación y desarrollo de la política de inmigración, sin perjuicio de las competencias autonómicas y locales.
Pregunta 5Art. 2 ter LOExMedia
Conforme al artículo 2 ter LOEx, los programas de acción bienales para reforzar la integración social de los inmigrantes serán acordados:
A)Por el Consejo de Ministros mediante Real Decreto.
B)Por el Gobierno y las Comunidades Autónomas en la Conferencia Sectorial de Inmigración.
C)Por el Foro para la Integración Social de los Inmigrantes.
D)Por la Comisión Laboral Tripartita de Inmigración.
Explicación:El artículo 2 ter.4 LOEx prevé que el Gobierno y las Comunidades Autónomas acuerden en la Conferencia Sectorial de Inmigración programas de acción bienales financiados con cargo a un fondo estatal.
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Preguntas frecuentes
¿Es importante la LO 4/2000 para mi oposición?
Sí. Es materia obligatoria del temario común en oposiciones a Policía Nacional (Tema 10 dedicado a Extranjería) y Guardia Civil (Tema 12 Extranjería e Inmigración). También aparece en oposiciones a Policía Local, AGE y autonómicas. Combina con la LO 2/1986 (FCS), la LO 4/2015 (Seguridad Ciudadana) y la legislación europea (Directiva 2024/1233 sobre permiso único transpuesta por el RD 1155/2024).
¿El nuevo Reglamento de Extranjería (RD 1155/2024) está incluido en el test?
Sí. El RD 1155/2024, de 19 de noviembre, aprobó el nuevo Reglamento de la LO 4/2000 (vigente desde el 20 de mayo de 2025), derogando el anterior RD 557/2011 que estaba vigente desde hacía 13 años. Posteriormente, el RD 316/2026 introdujo medidas de regularización extraordinaria. Las novedades clave incluidas en nuestro test: simplificación del arraigo (de 3 a 2 años de permanencia), visado de búsqueda de empleo de 1 año (antes 3 meses), nuevas situaciones de arraigo y la transposición de la Directiva (UE) 2024/1233 sobre permiso único.
¿Cuáles son los derechos y libertades de los extranjeros (Título I)?
El Título I (arts. 3-22 ter) regula los derechos y libertades en condiciones de igualdad: tutela judicial efectiva, asistencia jurídica gratuita, asistencia letrada en denegación de entrada/devolución/expulsión, libre circulación, libre asociación, sindicación, manifestación y reunión, educación, trabajo, asistencia sanitaria, vivienda, intimidad familiar, derecho al honor, etc. También regula la reunificación familiar (Cap. II), las garantías jurídicas (Cap. III) y las medidas antidiscriminatorias (Cap. IV). Pregunta clásica.
¿Cómo se regula la entrada en España?
El Título II Cap. I (arts. 25-28) regula entrada y salida. Para entrar en territorio español hay que: (1) acreditar la identidad mediante documento válido (pasaporte y, en su caso, visado); (2) presentarse en los puestos habilitados; (3) demostrar medios económicos suficientes y, en su caso, justificar el motivo del viaje. La denegación de entrada se realiza mediante resolución motivada con notificación que comprenderá la información sobre los recursos. Pregunta SEGURA.
¿Qué situaciones administrativas existen para los extranjeros?
El Título II Cap. II (arts. 29-39) regula las situaciones: ESTANCIA (hasta 90 días, art. 30), RESIDENCIA TEMPORAL (art. 31, más de 90 días e inferior a 5 años; incluye arraigo y por circunstancias excepcionales), RESIDENCIA DE LARGA DURACIÓN (art. 32, indefinida en condiciones similares a españoles tras 5 años de residencia legal y continuada), RESIDENCIA TEMPORAL Y TRABAJO (cuenta propia o ajena), apátridas, refugiados, menores no acompañados.
¿Cómo funcionan la expulsión y la devolución?
EXPULSIÓN (arts. 57-58): sanción que se impone tras procedimiento administrativo en supuestos de infracciones graves o muy graves; comporta prohibición de entrada por 5-10 años. DEVOLUCIÓN (art. 58.3): se aplica sin necesidad de procedimiento sancionador en dos supuestos: (a) personas que pretendan entrar ilegalmente y (b) extranjeros que vulneren prohibición de entrada. RETORNO: aplicable en frontera cuando se les niega la entrada. Pregunta SEGURA — distinguir las tres figuras es trampa habitual.
¿Cómo se clasifican las infracciones?
El Título III (arts. 51-56) clasifica las infracciones en LEVES (art. 52), GRAVES (art. 53) y MUY GRAVES (art. 54). Las muy graves incluyen: discriminar en condiciones laborales o cobertura, contratar a un extranjero sin autorización para trabajar, simular relación laboral con extranjero, promover el tráfico ilegal de personas, formar parte de organización dedicada al tráfico ilegal, etc. Las sanciones son MULTA y, en supuestos graves o muy graves, EXPULSIÓN como alternativa a la multa (art. 57).
¿Cuáles son las cuantías de las sanciones?
El art. 55 establece las cuantías: LEVES de hasta 500 €, GRAVES de 501 a 10.000 €, MUY GRAVES de 10.001 a 100.000 €. En infracciones cometidas por empresarios o transportistas las cuantías aumentan. La sanción puede sustituirse por la EXPULSIÓN (art. 57) en lugar de la multa cuando la conducta sea constitutiva de infracción grave del art. 53.1.a) (encontrarse irregularmente en territorio español) o muy grave del art. 54.1.b)–d).
¿Qué es el arraigo y cómo se ha simplificado?
El arraigo es una situación que permite obtener una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales (art. 31.3 LO + Reglamento). El nuevo RD 1155/2024 lo ha SIMPLIFICADO de tres a DOS AÑOS de permanencia previa, ha homogeneizado las distintas figuras (laboral, social, familiar, formación, segunda oportunidad) y ha incorporado nuevas situaciones de arraigo. Materia de actualidad obligatoria.
¿Cuál es el régimen del menor extranjero?
Los menores extranjeros tienen un régimen especial de protección. El art. 35 regula los menores no acompañados: la Administración del Estado solicitará informe sobre las circunstancias familiares del menor a la representación diplomática del país de origen. La repatriación se efectuará si existieran condiciones que aseguren su reagrupación familiar o la tutela. En todo momento se actuará con respeto al principio del INTERÉS SUPERIOR DEL MENOR (art. 3 CDN, art. 39 CE).
¿Las preguntas tienen explicación con el artículo concreto?
Sí. Cada pregunta incluye explicación detallada con la referencia al artículo exacto de la LO 4/2000 y, en su caso, del RD 1155/2024. Aprendes la respuesta y memorizas la ubicación del artículo dentro del Título y Capítulo, lo que es decisivo en una norma extensa con muchas figuras técnicas (estancia, residencia temporal vs larga duración, expulsión vs devolución vs retorno).
¿Puedo configurar la penalización Policía Nacional/Guardia Civil/Local?
Sí. En oposiciones a Cuerpos de Seguridad lo habitual es 4 opciones con penalización 1/3 (cada 3 errores resta 1 acierto). Si tu convocatoria usa otra ratio, también puedes configurarla. El simulador imita las condiciones reales del examen.
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Leyes que se estudian junto a la LO 4/2000 Extranjería
Si preparas una oposición que incluye la LO 4/2000 Extranjería, normalmente cae también esta legislación. Practica los tests relacionados.
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